El cabildo colonial (1527-1811): primer espacio proto-democrático.

Es un hecho indiscutible que el cabildo fue la institución central de la vida de los criollos americanos, y también es un hecho que fue el estamento social de los criollos el que inició el proceso fundador de las repúblicas. De allí que la importancia política del cabildo esté fuera de toda duda y, también, es evidente que fue en este cuerpo colegiado donde tuvieron lugar las primeras prácticas democráticas, por más que se tratase de unas prácticas embrionarias, precedentes de la democracia que impera hoy en día en el mundo occidental y parte del oriental.

Las prácticas a las que nos referimos son las propias de un cuerpo colegiado que en su seno elige a sus representantes mediante el método eleccionario universal: el voto. Ese cuerpo del cabildo se ocupaba del funcionamiento de la ciudad (mercados, policía, ordenanzas) y tenía funciones judiciales de primera instancia en todos los órdenes. Del cabildo también formaban parte el alférez real (un cargo honorífico); el alguacil mayor (encargado de la policía local); el fiel ejecutor (encargado del abasto de la ciudad); el depositario general (recibía prendas en garantía en litigios); el escribano (llevaba por escrito los asuntos del cabildo); los procuradores de número (atendían los pleitos de los vecinos) y los alcaldes provinciales (encargados de la vigilancia extraurbana). Por otra parte, en sus orígenes las denominaciones de estos cargos vienen de distintas lenguas. El vocablo alcalde viene del árabe al cadi, que significa juez; el regidor procede del latín regere, que traduce gobernar; los alguaciles del árabe al vazir, que significa lugarteniente, por citar algunos ejemplos que nos recuerdan la importancia de la colonización musulmana de la península ibérica.

En sus orígenes americanos en los cabildos participaban todos los vecinos cuando los asuntos de la Polis los requerían, pero con el aumento natural de la población esto no pudo sostenerse y comenzó la representación que se otorgó a quienes tuviesen casa en la ciudad y tiempo viviendo en ella. Es evidente que ya aquí hay mecanismos de elección y representación democráticos o proto-democráticos, para no herir a los puristas. Recordemos que el cabildo es una institución de origen castellano, de la Edad Media, concentrada en el gobierno urbano, y que se trasladó a América y aquí experimentó un auge que en España ya había perdido. Según Pedro Manuel Arcaya Urrutia en su libro El cabildo de Caracas: “Los orígenes de los cabildos en la península se remontan al Fuero de Bravosera, en el año 821, y en el privilegio de Carlos Calvo, otorgado a la ciudad de Barcelona en el año 844.” (Arcaya, 1968: 10).

Los primeros cabildos venezolanos fueron los de Nueva Cádiz de Cubagua y Coro, ambos de 1527, y luego se establecieron junto con la fundación de las ciudades, muchas de ellas creadas desde el epicentro de El Tocuyo (1545). Será desde allí desde donde salgan las huestes que funden Borburata (1548), Barquisimeto (1552), Valencia (1555), Trujillo (1556), Caracas (1567), Caraballeda (1567) y Carora (1569), no así Mérida y San Cristóbal, que fue tarea de los pamploneses, ni La Grita (1576) y Barinas (1577), fundadas por Francisco de Cáceres que provenía de Bogotá, ni San José de Oruña, en Trinidad (1592) o Santo Tomé de Guayana (1595), fundadas por Antonio de Berrío, procedente de Bogotá. Pero en todas habrá un cabildo y un esquema urbano.

¿De dónde viene el esquema de las ciudades que el conquistador español va a fundar en América? Pues de donde proviene casi todo en el mundo occidental, de Grecia. La ciudad ortogonal de Hippodamus de Mileto fue asumida en los pueblos de Castilla y Aragón, reglamentada por la minuciosa casuística del Derecho Castellano, acaso el más quisquilloso del mundo. Luego, para el caso americano será Felipe II quien dicte las Ordenanzas de Descubrimiento y Población dadas por Felipe II en el Bosque de Segovia el 13 de julio de 1573. De modo que todas las ciudades fundadas antes de esta fecha, comenzaron a crecer sobre la base de la costumbre castellana, ya fundamentada jurídicamente. Lo que hizo la ordenanza fue darle singularidad jurídica al caso americano.

«No exageramos al afirmar que la ciudad fue el epicentro de la voluntad imperial y, también, el núcleo desde donde surgió la negación del imperio y la creación de las repúblicas, trescientos años después».

Por supuesto, lo anterior refiere a la estructura espacial de la ciudad y su futuro crecimiento, aspecto distinto fue lo que significó para la corona la conformación de una red de ciudades en sus Provincias americanas. Obviamente, la ciudad fue el centro del poder político y religioso, es decir,  el ámbito desde donde irradió una cultura hacia las periferias rurales y hacia dentro de sí misma. No exageramos al afirmar que la ciudad fue el epicentro de la voluntad imperial y, también, el núcleo desde donde surgió la negación del imperio y la creación de las repúblicas, trescientos años después. Como suele suceder en la naturaleza: se lleva dentro el germen de su propia destrucción.

En el devenir del cabildo venezolano hay cuatro momentos de importancia: el primero ocurrió por insistencia de Sancho Briceño, en Trujillo, quien logró que el rey firmara una Cédula Real el 8 de diciembre de 1560; en ella se faculta a los alcaldes ordinarios para ejercer el gobierno en ausencia del gobernador, entre tanto la corona provee otro gobernador sustituto. Curiosamente, la argumentación de Briceño, que no es necesario citar, no se funda en el reclamo de una preeminencia sino en lo contrario, se invoca la pobreza de estas tierras, su lejanía y soledad, y la urgencia que se tenía por no perder el hilo del gobierno, cosa que hacía riesgoso esperar la llegada de un nuevo gobernador. Por supuesto, la ausencia del gobernador aludida es la definitiva, la de la muerte, no la del viaje o visita en su jurisdicción.

El segundo, en 1591, es una Cédula Real que ofreció los cargos de regidores en venta, en busca de recursos, y se dio inicio a la formación de una suerte de oligarquía urbana, ya que quienes podían comprar los cargos eran los adinerados de la ciudad. Naturalmente, este paso propendió hacia el esquema plutocrático, dejando de lado el popular inicial.

El tercero, muchos años después, es del 8 de septiembre de 1676, cuando el rey ratifica la Cédula de 1560 con otra, despejando dudas sobre el particular, ya que la Audiencia de Santo Domingo de entonces creyó que estaba facultada para nombrar gobernador interino, desconociendo la suplencia establecida de los alcaldes ordinarios.

«A partir de 1560 y hasta 1737 la sustitución del gobernador que fallece en sus funciones, ocurre el mismo día del deceso por parte de los alcaldes ordinarios, con lo que la Corona estaba reconociendo la importancia del cabildo como célula política fundamental del reino español en América».

El cuarto, ya en tiempos borbónicos, es cuando veremos cómo se suprime esta práctica supletoria del gobernador, desmejorando notablemente el poder de los cabildos. Será por Cédula Real del 1 de abril de 1737 cuando se anule y se escoja al teniente de gobernador como sustituto del gobernador fallecido. Pero, a partir de 1560 y hasta 1737 la sustitución del gobernador que fallece en sus funciones, ocurre el mismo día del deceso por parte de los alcaldes ordinarios, con lo que la Corona estaba reconociendo la importancia del cabildo como célula política fundamental del reino español en América.

Por otra parte, el siglo XVIII es el de los borbones y sus reformas. Comienza con Felipe V, el 16 de noviembre de 1700. El origen del cambio de dinastía estriba en que Carlos II no tuvo descendientes y optó por Felipe, duque de Anjou, nieto de Luis XVI, rey de Francia, y María Teresa de Austria. Felipe V será integrante de la casa de los Borbones, quienes tomaron su nombre del castillo familiar de Bourbon-l’Archambault, y era sobrino-nieto de Carlos II. No hubo concordia sobre la legitimidad del trono de Felipe V y comenzó la guerra de Sucesión en España, extendida entre 1700 y 1714, al final de la cual el reconocimiento de Felipe V se hizo unánime en la península, no así en Alemania, donde su emperador no la reconocía.

El reinado de Felipe V va a durar 45 años con una mínima interrupción en 1724, cuando abdicó a favor de su hijo Luis I, pero éste fallece el mismo año y retoma la corona su padre hasta el 9 de julio de 1746, día de su muerte. El reinado más largo de la historia de España ha sido el de Felipe V. Su muerte lleva al trono a su hijo Fernando VI, con quien se inicia un período de reformas importantes, encabezadas por el marqués de La Ensenada, que era como se conocía a Zenón de Somodevilla. El reinado de Fernando VI se extenderá hasta el 10 de agosto de 1759, día de su fallecimiento. Cuando es sucedido por Carlos III. Este Monarca, como es sabido, representó un cambio sustancial en relación con su padre y su abuelo, ya que gozaba de una voluntad que sus antecesores no tenían. Él mismo atendía la implementación de las llamadas Reformas Borbónicas y éstas, durante su reinado, se extendieron a las posesiones americanas. Se buscaba la reducción del poder del Virrey y de la Real Audiencia, se buscaba extraer mayores beneficios económicos de las Provincias americanas a través de presiones tributarias, y todo ello inspirados en los presupuestos de la llamada Ilustración. Por ello, se emprendió una laicización del Estado y fueron los jesuitas quienes padecieron primero estos afanes centralizadores. Carlos III llegó a tener relaciones muy hostiles con el Papa, ya que creía que la Iglesia Católica era un factor de poder sustancial en América y España, y sus reformas pasaban por minimizar este poderío.

Si las reformas de Felipe V y Fernando VI anunciaban un camino centralizador y una voluntad de poder imperial superior a la de losAustrias, será con Carlos III que las reformas aprieten sobre el cuello de los criollos, a favor de los intereses de la península. También, en el caso de Venezuela supuso una notable mejora en la estatura de sus instituciones político-jurídicas, ya que la creación de la Intendencia (1777), la Capitanía General (1777) y la Real Audiencia (1786) eran reconocimiento de la importancia que las provincias habían alcanzado. Por otra parte, estas centralizaciones del poder atentaban contra los cabildos que, desde la coronación de Felipe V, venían siendo afectados en sus autonomías, aunque nunca lograron ni doblegarlos ni minimizarlos totalmente en sus tareas.

«Es evidente que si en algún espacio se ventiló el espíritu democrático en los trescientos años de colonia, fue en los cabildos, ya que fue allí donde los criollos hicieron vida política, eligiendo al alcalde cadañero, que era como se denominaba al alcalde».

Si bien el objetivo del monarca era minimizar el poder de los criollos, cobrar más impuestos y constreñir a las provincias a ser productoras de materias primas y consumidoras de productos enviados desde España, la verdad es que no fue fácil hacer efectiva esta voluntad mercantilista. La demografía atentaba contra sus designios: ¿cómo imponerle a la mayoría de la sociedad colonial (criollos, mestizos, indígenas y esclavos) la voluntad de una minoría peninsular? El poder económico estaba en manos de los criollos y, como se sabe, éste es el determinante y, precisamente, de tanto hostigarlos, fue de donde salió la llama de la independencia, como es bien sabido. Les estaban pidiendo demasiado: pagar más impuestos; perder influencia en la disminución del espacio cabildante; no detentar el poder político.

Es evidente que si en algún espacio se ventiló el espíritu democrático en los trescientos años de colonia, fue en los cabildos, ya que fue allí donde los criollos hicieron vida política, eligiendo al alcalde cadañero, que era como se denominaba al alcalde que se elegía los primeros de enero de cada año, para gobernar por un año, como su denominación lo indica.No será gratuito, entonces, que sea de los cabildos de donde emerja la voluntad de desconocer a José Bonaparte y se constituya el primer gobierno propio que tuvimos, fruto de los hechos caraqueños del 19 de abril de 1810. Imposible no señalar la importancia de esta institución cuando buscamos rasgos democráticos en nuestro período colonial. Fue nuestro primer espacio democrático, con las comillas del caso.

Bibliografía

ARRÁIZ LUCCA, Rafael (2011) Venezuela: 1728-1830. Guipuzcoana e

              Independencia. Caracas, Editorial Alfa, Biblioteca Rafael Arráiz

Lucca, N°6.

————-Venezuela: 1498-1728 (2013). Conquista y Urbanización.

Caracas, Editorial Alfa, Biblioteca Rafael Arráiz Lucca, N°8.

 

 

 

 

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